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CAPÍTULO 7
BANCARROTA
CAPÍTULO 13
BANCARROTA
Luchar para pagar las cuentas todos los meses, ya sea por la pérdida de un trabajo, una enfermedad o simplemente por quedarse atrás, puede ser muy estresante. Muchas deudas no aseguradas, como deudas de tarjetas de crédito, cuentas médicas, algunos impuestos más antiguos y préstamos personales se pueden cancelar en el Capítulo 7 de Bancarrota. En muchos casos, el deudor puede retener su cuidado u hogar (dependiendo de la cantidad de capital en el hogar) u otros artículos asegurados. Además, su cuenta de jubilación puede estar exenta durante el proceso de quiebra.
Esto significa que podrá retener algunos o todos sus ahorros de jubilación. Hay ciertas formas de deuda que no se pueden dar de baja en el Capítulo 7. Estas incluyen manutención infantil, pensión alimenticia. Los préstamos estudiantiles generalmente no se pueden cancelar, pero pueden ser en determinadas circunstancias.
Es posible que tenga alguna deuda que no desaparecerá con el Capítulo 7. Esto puede determinarse discutiendo su situación individual con el Sr. Bronson.
En algunas situaciones, el deudor puede tener demasiado capital en su hogar, pero aún no puede mantenerse al día con los pagos mensuales de su hipoteca y otras cuentas. En tal situación, el deudor puede calificar para solicitar la protección por bancarrota del Capítulo 13.
En esta situación, el deudor paga su hipoteca mensual para retener la vivienda. Además, un monto de pago mensual se determina a partir del ingreso restante de cada mes. Este pago se utiliza para pagar una parte de las otras facturas pendientes y cualquier mora en la hipoteca.
El Capítulo 13 puede ayudarlo a salvar su hogar de una ejecución hipotecaria.
No pase otro día preocupándose por su situación financiera: llame a nuestra oficina hoy para programar una consulta gratuita para analizar si la bancarrota es una opción para usted.
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